Austin, TX USA.
En un proceso de deportación los más afectados son los niños y jóvenes. Pero también es recurrente que el menor es traído a los Estados Unidos en un proceso de emigración que él no decidió. Su futuro está a la deriva, porque uno de sus padres se quedó en el país de origen o fue deportado. Existe un recurso migratorio para estos menores, que los beneficia, si están por debajo de los 21 años y se demuestran requisitos muy precisos, como el haber sido abandonados por el padre o la madre. Este se llama el Special Immigrant Juvenile Status, (SIJS, por sus siglas en inglés) y puede conducir a estos jóvenes hasta la ciudadanía.
Dialogamos con la abogada Dora Narvaez, de la firma Garza & Narvaez, (https://www.facebook.com/garzanarvaez), para aclarar este proceso, que dadas las circunstancias actuales, ante el acoso de las redadas del ICE, Oficina de Inmigración y Aduanas, (por sus siglas en inglés), toma especial importancia. La abogada aclara las confusiones en las familias de padres indocumentados, porque muchas veces desconocen que existe este beneficio, o bien sabiendo que existe se descalifican solos, pensando que no cumplen con los requisitos, sin haber antes consultado a un experto sobre su caso específico y único.
Empecemos por la actualidad: El tema de prioridades deportación.
¿Cuál es la situación actual que se presenta con el tema de las deportaciones?
El objetivo de las redadas de ICE son los adultos y sus hijos, que fueron detenidos después del 01 de mayo 2014, cuando cruzaron la frontera ilegalmente y se les han emitidoórdenes finales de deportación por una corte de inmigración, y que no tienen ningún recurso pendiente, solicitud de asilo o de otro tipo de ayuda humanitaria. Recuerden que también, de acuerdo al Memorando Actual de Prioridades de Deportación, cualquier inmigrante indocumentado con una condena por delito grave, o más de dos condenas por delitos menores, o que entraron a los Estados Unidos, después del 1 de enero de 2014, o que tiene una orden de deportación después del 1 de enero de 2014, es también una prioridad para ICE.
¿Cuáles consejos ofrece usted para las personas que están en este rubro de prioridad de deportación?
Hay muchas personas que por falta de asesoría legal desconocen sus derechos y defensas disponibles. Es importante saber que si ahora esa persona es víctima de una redada por parte de ICE (Que son las fuerzas policiales del Servicio de Inmigración), todavía puedehacer valer sus derechos y los derechos de sus hijos, o de menores que son indocumentados.
También aconsejo que se cercioren de que los oficiales del ICE tengan una orden judicial para entrar a su domicilio. De lo contrario, no están obligados a darles acceso a su hogar. No tienen que hablar ni proporcionar información, tienen derecho a permanecer en silencio. Les puede decir: “Estoy ejerciendo mi derecho a permanecer en silencio. Quiero hablar con un abogado.” Tenga el teléfono de su abogado a la mano, ya que aún se puede pelear su caso.
¿Qué es el Estatus de Inmigrante Especial Juvenil?
El tema de los Inmigrantes Especiales Juveniles, es una vía y una defensa que muchos desconocen y que puede asegurar el futuro de un menor en este país. Es una defensa legal que tienen los menores de 21 años y se dio en 1990, cuando el Congreso promulgó unaLey Federal para ayudar a indocumentados menores de 21 años, quienes califican para obtener residencia permanente por parte de una categoría especial migratoria, conocida como Estatus de Inmigrante Especial Juvenil. En 2008, la definición legal de SIJ fue aclarada y ampliada bajo nueva legislación. La figura de SIJ ayuda a ciertos menores de 21 años indocumentados convirtiéndolos en residentes permanentes. Menores que han sido desatendidos por uno de sus padres pueden calificar. Uso la palabra desatendidos de manera liberal, lo más conveniente es que se acerquen con un abogado especializado en estos temas para determinar si califica, no se descalifiquen ustedes solos, consulten a un experto, porque hay muchos supuestos que les ayudan a calificar.
¿Cuáles son los requisitos para los potenciales jóvenes que apliquen?
Los requisitos para calificar como SIJ son los siguientes: El solicitante tiene que ser soltero y tener menos de 21 años. Se puede complicar un poco, para obtener la orden necesaria de la corte, si tienen más de 18 años de edad, por lo que se recomienda actuar antes de haber cumplido 18 años, pero sí tienen más de 18 y menos de 21, aún puede estar a tiempo.
Otro requisito es: Que una corte ponga al menor bajo la custodia de una persona mientrasel menor está en los Estados Unidos.
También es requisitorio, que la corte determine que la reunificación del menor con al menos uno de los padres, no es viable como consecuencia de abuso, negligencia, abandono, u otra base similar bajo las leyes del estado, y que al menor no le conviene regresar a su país natal o último lugar de residencia habitual. Nosotros nos encargamos tanto del trámite en la corte familiar, como de la petición ante migración y cumplido el tiempo de pedimos la ciudadanía de estos jóvenes.
¿Qué les aconseja usted a los jóvenes o menores de parte de su oficina?
Hay miles de jóvenes o menores que han llegado al país por diferentes razones y ellos no escogieron ese destino para sus vidas, pero están aquí y en el futuro serán personas que le aportarán mucho a esta nación de inmigrantes y merecen estar aquí. Usted puede ser uno de ellos y si cree que califica o conoce a alguien que pueda calificar para este estatus, actúe ya. No es necesario estar en proceso de deportación para hacer valer este derecho. Tampoco esperen a ser víctima de las redadas, si pueden actuar antes mejor.
PUNTO ROJO
Joven o padre de familia o familiar cercano, si tiene preguntas sobre este importante tema, puede contactar a Garza & Narváez, https://www.facebook.com/garzanarvaez y la consulta inicial es gratis. Son abogadas con experiencia en el tema de Inmigrantes Especiales Juveniles. El teléfono es 512-485-3005 y la oficina está ubicada en el 7600 Chevy Chase Drive, Suite 118. Austin, TX 78752. Hay amplio estacionamiento y todo el personal habla español.